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Año XI, vol. 9, Nº1, julio de 2000

El "loco moral" en la Facultad de Medicina

(1876-1917)

Marcelo E. Zarlenga1

Sumario

El presente trabajo tiene como objetivo examinar el tratamiento que se diera a la "locura moral" en las tesis presentadas por los doctorandos de la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires, durante el período comprendido entre 1876 y 1917, a fin de apreciar la influencia de las concepciones filosóficas dominantes en la época, y su repercusión en el ámbito forense.

Palabras clave

"Locura moral", psicopatía, trastorno de la personalidad, sociopatía.

Summary

The aim of this paper is to examine how "moral insanity" has been analised in the thesis written by the candidates for the doctor ´s degree at the School of Medicine of the Universidad de Buenos Aires between 1876 and 1917, in order to emphasize the dominant philosophical conceptions during that period and its repercussion in the psychiatric-forensic envirtoment.

Key Words

"Moral insanity", psychopathy, personality disorders, sociopathy.

Designación

Posiblemente pocos cuadros, por así llamarlos, hayan sido objeto de tan diversas designaciones como el que nos ocupa. Naturalmente, las denominaciones que se le asignaran, se ven influídas directamente por la concepción filosófico-antropológica de cada autor. A título ilustrativo, señalamos las siguientes: Costas, quien se queja de que "los jueces no creen en la locura sino cuando hay delirio", la llama "locura afectiva o moral", vinculándola con la monomanía de Esquirol. Korn, por el contrario, no admite la existencia autónoma de las referidas "monomanías" y, si bien adhiere a la designación de "locura moral", la ubica como un grado y modo de defecto en el desarrollo normal de las facultades mentales (p. 13). También opta por "locura moral" Acevedo, con cita de Maudesley, en orden a su caracterización (p. 53). López Anaut alude a quienes están atacados de "locura llamada razonante o semi-lúcida" (p. 39). El nombre de locura moral es escogido por Pablo A. Subirá, Italo D. Chiama, Carlos Damel y Hernani Mandolini como título para sus respectivas tesis.

Como síntesis de lo hasta aquí expuesto, transcribo la sinonimia con la que encabeza su trabajo el citado Pablo Subirá: "Moral Insanity (Pritchard). Insania Maliciosa (Kieser). Monomanía instintiva (Marck). Manía Latente, Manía sin delirio (Pinel). Locura de acción (Bierre de Boismont). Locura lúcida (Trelat). Manía razonante (Campagne, Esquirol, Falret). Estesiomanía (Berhier). Pseudomonomanía (Delasiauve). Idiocia moral (Grohman). Locura de los actos, etcétera" (p. 27).

Características

¿Cómo puede caracterizarse la locura moral?

En su obra "locura y crimen", Maudsley nos ofrece la siguiente respuesta, de acuerdo con la cita de Acevedo (p. 53):

"A despecho, dice, de las preocupaciones contrarias, hay un cierto desorden del espíritu, sin delirio, sin alucinaciones, en el que los síntomas consisten, sobre todo, en la perversión de las facultades mentales llamadas comunmente facultades activas y morales: los sentimientos, las afecciones, los pensamientos, el carácter, las costumbres y la conducta. La vida afectiva del individuo está profundamente perturbada; y esta perturbación o desarreglo se muestra en su manera de sentir, de querer y de obrar. Es incapaz de sentido moral verdadero: todos los pensamientos, todos los deseos a que cede sin resistencia son egoístas, su conducta parece gobernada por motivos inmorales en los cuales se complace y cede sin el menor deseo aparente de resistir. Hay en él una insensibilidad moral admirable. Su inteligencia está a menudo desviada; está sin duda viciada por los sentimientos mórbidos bajo la influencia de los cuales el individuo piensa y obra, pero ella no es turbada de otra manera".

"No hay", sigue poco después, "probablemente ser razonado más sutil, aparentemente, puesto que todas las facultades intelectuales son aplicadas a la justificación y a la satisfacción de sus deseos egoístas. No sería verdadero decir entonces que la inteligencia está perfectamente lúcida y perfectamente sana".

"Además", agrega algunas líneas más adelante, "la razón ha perdido su imperio sobre las pasiones y sobre las acciones, el hombre no puede ni dominar esta, ni abstenerse de aquellas; por contrarias que sean las unas y las otras á sus obligaciones y deberes sociales; por desastrosas que puedan ser para él y por mas mal que causen a las personas mas intimas y que le son mas queridas. Es incapaz de dar a su vida una dirección regular, de reconocer las reglas vulgares de la prudencia y del interés personal; de apreciar, en fin, el mal que se ocasiona con esta manera de obrar. Tiene tan poca confianza en los otros como él mismo es poco digno de la confianza de los estraños. Imposible hacerle reconocer sus faltas que niega con persistencia, que excusa o justifica; no tiene el menor deseo sincero de portarse bien; su naturaleza afectiva está profundamente desarreglada y todo lo lleva á sus satisfacciones funestas, que deben conducirlo á una degeneración más completa y concluirán por hacer de él un elemento mórbido que el cuerpo social deberá eliminar, ó que será necesario secuestrar y poner fuera de estado de dañar".

"Ha perdido el instinto, el más profundo del ser organizado, aquél en virtud del cual todo organismo se asimila lo que puede contribuir a su desenvolvimiento y á su bienestar, y él no despliega en su lugar más que pensamientos pervertidos en los que todas las tendencias concluyen por la destrucción".

"Esta alienación de sus pensamientos", dice Maudsley para concluir, "denota una alienación de su naturaleza"(1).

Concuerdo con Acevedo en que si bien "la descripción es larga no se podía pasar, en vista de su importancia, por encima de ella".

Veamos seguidamente cuáles de las referidas características han llamado más la atención de los autores estudiados. Debe tenerse en cuenta que, atento la época en que se redactaron las tesis, se advierte en ellas, como no podía ser de otra manera, la influencia de lo que Saurí llama la "urdimbre creencial" naturalista. Esta textura de pensamiento se plasma en diversos tópicos que les dan cierta unidad, tales como la fe en lo experimental, una acentuada inclinación por el estudio de los hechos soslayando la importancia de las cuestiones de índole estrictamente filosófica, una antropología mecanicista y determinista, adscripción a posturas positivistas de raíz predominantemente spenceriana e influencia del darwinismo(2).

a) Precocidad en el despliegue de conductas antisociales

Para Subirá, quien se adhiere a la teoría del carácter congénito de la locura moral, el mal "se manifiesta ya desde la infancia. La niñez del idiota moral es algo que llama desde luego la atención de los padres y de los maestros", observándose en el pequeño una brutalidad tal "que sólo en un estado patológico puede encontrar disculpa" (p. 69).

Concordante con esta postura, Chiama refiere que "la precocidad de la perversión moral, su aparición en un período de la vida en la cual no puede invocarse la influencia de malos ejemplos, y a menudo, a pesar de una excelente educación, son para Krafft-Ebing, signos que indican la existencia de la locura moral" (p. 60).

Más extrema aún resulta la opinión de Damel: "El síndrome de la locura moral, puede ser observado desde la infancia. Pérez Bain, Moreau, Lombroso, encuentran en los niños normales el germen de la locura moral y de la criminalidad".

"Por sus reacciones violentas, sus venganzas, celos, mentiras, crueldades, desidia, ocio, obscenidades, puede asegurarse la falta de sentido moral en la vida infantil del hombre".

"Pero mientras que en los casos normales, la educación encauza estos sentimientos profundamente egoístas, en el loco moral, la educación nada puede y el diapasón de su anormalidad acusa las más altas aberraciones (p. 118).

Mandolini, con cita de Lacassagne, afirma que "los locos morales manifiestan, por regla general, desde la infancia sus tendencias perversas" (p. 133).

No difiere el punto de vista de Korn, quien afirma que "niños aún, faltan a sus padres, martirizan a sus hermanos y compañeros, sin atender a corrección alguna" (p. 83).

b) Impulsividad

Este rasgo alcanza en algunos autores una importancia tal, que acaban por hipertrofiarlo elevándolo virtualmente a patognomónico de la locura moral. Así, Alcacer identifica a lo que denomina "manía impulsiva" con la "manía sin delirio de Esquirol, vinculando este padecimiento básicamente con la voluntad de matar" (p. 62).

Subirá, quien, como queda dicho, dedica su tesis a la locura moral, refiere que "el impulso puede manifestarse bajo múltiples formas, bajo una u otra tendencia, pero siempre con ese sello morboso de la conciencia relativo al acto y la falta absoluta de voluntad, que pone al sugeto bajo el completo dominio de la impulsividad mórbida".

"Son estos enfermos los antiguos monomaníacos" (p. 86) (3).

c) Anomia

La irreductibilidad a toda norma que caracteriza estas personalidades constituye otra de las notas comunes a los autores estudiados, pudiendo concluir con Damel que "las reglas y la disciplina son para ellos letras muerta, y la reprensión a que se hacen acreedores por violarla en vez de corregirlos, los incita a su repetición" (p. 120). El mismo autor transcribe el informe elaborado por los Profesores Cabred y Estévez luego de examinar a Cayetano Santos Godino, en el que refieren que el nombrado no comprende el alcance de los conceptos morales. "La palabra virtud no tiene sentido para él. Fáltale, por consiguiente, una de las características que distingue a la razón humana de la de los animales" (p. 233). Asimismo, "no siente temor alguno a la aplicación de la ley en ningún caso" (p. 238).

d) Imprevisión

Mandolini destaca este curioso rasgo que se presenta como común al despliegue criminoso de los locos morales, al decir que el mismo "termina por delatarlos y entregarlos a la justicia; en sus planes nótase siempre algo de imperfecto y acaban por traicionarse a sí mismos, no ya por insignificantes detalles, sino por considerables errores".

"Lombroso dice que lo que parece en los delincuentes el desarrollo razonable de un hecho, no es más que astucia" (p. 136/137).

e) Vanidad

La vanidad criminal, que llamara la atención de Ingenieros quien le dedicó un capítulo entero de su obra "La psicopatología en el arte", atrapa también a los "locos morales", quienes no parecen escapar a ese inconsciente afán de trascendencia en cuyo altar se sacrifica a veces hasta la misma libertad. Se recuerda al respecto que aún el desdichado Cayetano Santos Godino llevaba en su bolsillo, al ser detenido, un recorte del diario "La Prensa" con la crónica de uno de sus crímenes.

Etiología

Al abocarse al tema que nos ocupa, Vicente Cabello distingue las psicopatías de lo que denomina "pseudopsicopatías", caracterizándose las primeras por ser un tipo de personalidad defectuosa y, en consecuencia, congénita. En cambio, las segundas reconocen un origen morboso en virtud de implicar desarrollos de estados post-encefalíticos o traumatismos de cráneo. Considera Cabello que un tercer grupo, el de las psicopatías sintomáticas comprende a quienes, siendo en realidad psicóticos (sobre todo esquizofrénicos, aunque también pueden ser epilépticos) "comienzan con un síndrome perverso o se conducen como perversos constitucionales hasta que se define la psicosis" (1984 T 3, p. 415-416).

También en las tesis estudiadas se distinguirá entre aquéllos que constitucionalmente se consideran perversos, de los que advienen a esa condición como consecuencia de factores sociales, o bien, por haber padecido enfermedades que modificaron su comportamiento.

La explicación de estos estados estará fuertemente teñida por la concepción moreliana de la degeneración, que tanto influyera sobre Lombroso, retomada con variantes por Magnan en Francia(4).

Se destaca también la influencia de factores hereditarios.

Carlos Costas vincula el diagnóstico de la locura afectiva con las causas que pueden producirla, considerando entre ellas a "enfermedades inflamatorias, ataques de epilepsia u otras neurosis. También deben investigarse las causas morales", a las que sin embargo sólo les asigna la posibilidad de contribuir a "deprimir o exacerbar las afecciones" (p. 50).

Alejandro Korn incluye la locura moral entre los "defectos congénitos" junto al cretinismo, al idiotismo y a la imbecilidad (p. 40) estimando que no son sino "grados diversos del mismo estado" (p. 81). También adhiere este pensador a las dominantes doctrinas de la degeneración hereditaria, toda vez que en su opinión la locura moral es la resultante de aquéllas, " y su existencia presupone en los progenitores, si no una enajenación mental, cuando menos la epilepsia, el alcoholismo, la sífilis u otra afección análoga capaz de obrar sobre el sistema nervioso" (p. 83). Por ello se aparta de Pritchard ("Richard" en el texto de la tesis) quien al señalar a la locura moral por primera vez con ese nombre en 1842, entendió encontrarse ante "una afección mental independiente y propia", insistiendo en que "es solamente una forma de la degeneración psíquica congénita o adquirida que presupone un proceso patológico anterior o en el mismo individuo o en sus progenitores" (p. 84) (5).

Contundente en cuanto al factor hereditario aparece Ponte, ya que arriesga la audaz afirmación de que "todos los autores de Medicina Mental están contestes en sostener que la herencia debe primar sobre todas las causas etiológicas mentales" (p. 18). Conforme con ésto, López Anaut atribuye al estado mental, a la "organización cerebral defectuosa", crímenes del loco moral. "Es la herencia aumentada, sumada a veces en él, que si no pudo dar sus frutos propios en cada uno de sus progenitores él lo reúne todo y lo hace producir" (p. 148)(6).

Subirá, por su parte, quien también distingue entre locura moral congénita y adquirida, concede importancia a los que podríamos denominar factores sociales. Partiendo de estar en presencia de una manifestación de la degeneración mental, afirma que "el rol etiológico de la educación es, en la locura moral, tal vez más importante que en las demás manifestaciones de la degeneración mental", a lo que añade que "la gran mayoría de los locos morales se recluta en los bajos fondos de la sociedad" (p. 59/60). Refiere asimismo la importancia de los traumatismos craneanos (p. 64).

Chiama, con cita de Kovalevsky, a quien parece seguir en este punto, considera que "este estado debe entrar en el capítulo de la degeneración del género humano en su evolución regresiva" (p. 45). El aspecto de la herencia como causa etiológica de la locura moral es destacado por Chiama, quien invoca la autoridad de "los trabajos de Morel, de Falret y de Magnan" (p. 39). También admite que "los traumatismos craneanos parecen ejercer cierto rol en el desarrollo de la locura moral: Weygand cita el caso de un joven a quien el profesor golpeó con una regla en la cabeza; pocos días después el niño presentaba una transformación completa de los sentimientos morales. Se le trepanó, se levantó una esquirla que comprimía la sustancia cerebral, y después de esta sencilla operación el joven recuperó su antiguo carácter".

"Krafft-Ebing cita también el caso de un sujeto sin tara alguna en quien una caída de una altura ocasionó un profundo cambio que lo llevó a la locura moral" (p. 42-43).

Giacobini analiza el caso de Cayetano Santos Godino, "El Petiso Orejudo", quien, en opinión de los peritos que dictaminaron en la causa: "Tiene todos los estigmas de la degeneración, realizando el tipo del criminal nato descripto por Lombroso" (p. 323).

Damel, quien sostiene la tesis de la degeneración de manera conceptualmente próxima a Morel, es decir, como la desviación de un tipo primitivo normal (p. 109/110) considera este factor y el hereditario como "el binomio etiológico del síndrome en las formas congénitas". Por el contrario, "las formas adquiridas reconocen fuera de los mencionados, cuyo papel es siempre capital, otras causas" (103). Estas "otras causas" "serían lesiones cerebrales adquiridas por traumatismos, la histeria, la epilepsia, excesos alcohólicos o venéreos, la parálisis general, etcétera (p. 127-128).

Próximo a la concepción lombrosiana y con cita del maestro, Mandolini también admite que "los traumatismos cerebrales, la contusión o la conmoción, dejan a veces rastros evidentes de trastornos mentales, detienen el desarrollo psíquico del niño y son una de las causas de locura moral adquirida, acompañada o no con manifestaciones epilépticas evidentes" (p. 86).

También advierte sobre la influencia de la herencia (p. 117) y comparte la teoría atávica como explicación de la degeneración: "Cualquiera sea la causa que la origine, la degeneración debe ser entendida como un fenómeno de involución, mejor dicho, de regresión en la especie, por lo cual vuelven a aparecer en el hombre actual las formas o los sentimientos de los antiguos progenitores o de los tipos de la escala zoológica". Defendiendo al fundador de la Criminología señala que "los autores que se han levantado contra la doctrina del atavismo lombrosiano han hecho notar que nunca vuelven a aparecer dichas formas en el estado pristino; pero esta opinión es simplemente absurda, pues como el maestro jamás se ha cansado en repetirlo, un hecho patológico no copia fielmente un hecho anátomo-fisiológico anterior, sino más bien lo exagera o lo desvía" (p. 127/128). Por ello "nada nos impide creer que la locura moral sea un verdadero atavismo, con otros estigmas psíquicos y físicos concomitantes. El loco moral debe catalogarse como un degenerado, porque es un hecho de involución en la especie, y es un atávico". Añade Mandolini que "el loco moral es un antisocial porque pertenece a otra época y está dominado por otros sentimientos, se ve como un extraño en un mundo que no acierta a comprender de una manera completa, es un salvaje perdido en la civilización (p. 130/132).

Consideraciones antropológicas

Como bien apunta Saurí, "la psiquiatría, estudio de un aspecto de la condición humana, integra una antropología" (1969, p. 382). Por ello, la visión del hombre que cada uno posea tendrá consecuencias decisivas sobre aspectos de tanta importancia psiquiátrico-forense como la libertad, la responsabilidad, los fundamentos de la pena y de las medidas de seguridad, etcétera.

Un examen de las tesis estudiadas permite advertir como común denominador la influencia de las corrientes mecanicistas y positivistas, tal como se señalara anteriormente. Hace excepción a ello Alcacer, quien se embandera en un espiritualismo militante, criticando las posturas materialistas. Expresa que se encuentra muy lejos de él "creer que la noción de la vida se refunda en el conocimiento más o menos acabado "de las manifestaciones de las propiedades inherentes a la materia organizada", concepto y definición finales que acaricia como legítimo el materialismo moderno"(1). Añade que "la vida definida por el materialista implica un efecto sin causa y esto fuera ridículo si antes no fuera absurdo (...). (Diccionario de Littré. Artículo "Vida").

"El carácter fundamental de nuestra máquina viviente no es la naturaleza de sus propiedades físico-químicas, que se desarrollan en condiciones propias bajo una idea definida; la vida es la idea directiva de aquélla evolución; es inseparable del germen y se manifiesta y desarrolla por la organización, la que en último término no es sino la consecuencia de una ley organogénica preexistente con suprema autoridad" (p. 24).

"Pues bien, así considerada la verdadera noción de la vida, 'ese principio que en nosotros se mueve', como decía La Fontaine, debe ser distinto de las fuerzas físico-químicas y no lo es de otra manera sin duda ya que dichas fuerzas son posteriores a él, desde que le suponen para existir" (p. 25).

Una postura que podríamos denominar agnóstica adopta Figueroa, quien reprocha a espiritualistas y materialistas procurar asimilar la doctrina de la inteligencia humana en provecho de sus pretensiones. Por el contrario "el origen y la esencia misma del alma, está fuera del alcance de la inteligencia humana". En sentencia de sabor kantiano, remata su pensamiento citando a Foville, el cual "se espresa muy acertadamente diciendo: creemos sabio limitarnos a emprender el estudio de los fenómenos que podemos observar y abordar, dejando a los espíritus más audaces las especulaciones puramente teóricas" (p. 15).

Por lo expuesto, Figueroa usa de la palabra alma, espíritu, etcétera, para expresar "el conjunto de manifestaciones psíquicas de nuestro ser. No se necesita ser espiritualista para aceptar su existencia en este sentido; las cuestiones de la unidad y esencialidad del alma, que son los fundamentos de este sistema, no tienen relación con la medicina legal, por más que sean tan trascendentales en filosofía" (p. 15 nota 1).

Defiende un crudo materialismo Solari. Para él, todos los resultados de la actividad humana, tanto la digestión como el pensamiento "no son más que el resultado del funcionamiento de la materia, de un órgano destinado a desempeñar tal función. Todo cae, pues, bajo el dominio de la fisiología en la cual la psicología se comprende" (p. 43).

El hombre, entonces, debe considerarse como el "conjunto miserable de materia que si da por resultado la vida, es porque se halla sujeto al poder de leyes físico químicas, que le modifican. El alma puede ser si se quiere, la resultante de todas estas fuerzas" (p. 45).

Esta visión antropológica lleva a Solari a concebir a la psicología como el "estudio del conjunto de las facultades intelectuales, seguros de que en el cerebro es donde dichas facultades se originan". De allí su estrecha conexión y, diríamos, dependencia de la "frenolojía", la cual "va enseñándonos, por el estudio directo de los órganos el sitio que corresponde en el cerebro a cada facultad intelectual i moral". Concluyendo, "la psicolojía, entonces filosóficamente sólo expresa la fisiolojía cerebral" (p. 44).

La visión materialista del hombre conduce a una identificación del ser humano y los animales, no pudiendo hallarse la diferencia específica siquiera en la moral. En tal sentido, advierte Damel que "los sentimientos morales es la adquisición más reciente de la especie humana, pero no olvidamos que "un animal cualquiera dotado de instintos sociales pronunciados adquirirá inevitablemente un sentido moral o una conciencia tan pronto como sus facultades intelectuales se hubiesen desarrollado tan bien o casi tan bien como en el hombre", citando a Darwin (p. 87). Este concepto biológico del sentido moral "día a día tiende a invadir el campo de la psicología" (p. 88).

Es clara la influencia de Ingenieros sobre Damel en esta concepción, en la cual la moral, es definida como "el conjunto de creencias con que la experiencia social limita la conducta del individuo en la lucha por la vida" (p. 98).

Asimismo "los sentimientos como elemento de la actividad psíquica, son como ésta una función biológica y su desarrollo en el hombre como en cualquier otro ser está en relación con la correspondiente estructura de los órganos de que son asiento estas funciones" (p. 100).

Esta posición nos lleva al relativismo, tal como lo expone Mandolini: "no existe una moral absoluta e intangible, una moral en sí, sino más bien relaciones variables, condicionadas a las necesidades y tendencias del medio. (Cf. Ing. Criminología Cap. X) (p. 43-44).

Curiosamente, y en medio de tan abundantes citas de autores biologicistas, Mandolini parece informado -ya que no formado- de las corrientes neotomistas, citando una obra del Cardenal Mercier, en la cual cree descubrir que los autores de este signo "tratan de reconciliar sus creencias con las aserciones científicas" y "están de acuerdo sobre la unidad del alma y sus relaciones con el organismo" (p. 52).

Libre albedrío

Como enseña Saurí, aún luego de la crisis de una urdimbre creencial y su reemplazo por otra, los principios de la primera continúan vigentes durante cierto tiempo, dando lugar a conflictos y contradicciones, y esto es lo que ocurre con el tema de la libertad. Tal como señaláramos precedentemente, numerosos pasajes de los textos examinados ponen de relieve la inclinación de sus autores por posiciones de corte positivista y cientificista. No obstante, y a pesar de la lápida que el determinismo, consecuencia de las mismas, había colocado sobre el libre albedrío ya desde la célebre tesis de Enrique Ferri (Teorica dell´imputabilitá e negazione del libero arbitrio, Florencia, 1878), se sigue utilizando este vocablo, de forma más o menos equívoca, y se hace depender de su completitud la responsabilidad penal de los "alienados". Hacen excepción a ello los más consecuentes materialistas, cuyos puntos de vista se aproximan así a las más puras concepciones de la escuela criminológica italiana.

Ya Figueroa sienta "por principio para toda penalidad la posición amplia del libre albedrío" (p. 9), concepto que extiende no sin originalidad a la relación entre las diversas "facultades del espíritu humano", las cuales "pueden presentarse en ciertos casos con alguna autonomía e independencia, que las hacen susceptibles de alterarse o pervertirse aisladamente, quedando las demás hasta cierto punto conservadas" (p. 17). De esta manera fundamenta la doctrina de las manías parciales y, en lo que a nosotros interesa, da pie para afirmar la posibilidad de existencia de una lesión en la afectividad y en el instinto con incolumidad de la facultad intelectiva.

Desde otro punto de vista, el mismo autor concede al libre albedrío la posibilidad de generar un móvil más fuerte que las incitaciones, gracias al cual "podemos querer y hacer otra cosa que lo que quiere y exige el deseo más fuerte" (p. 18) Ello previo descartar que esta posibilidad se asigne a la voluntad ya que "no es una facultad capaz de caracterizarnos y distinguirnos de los demás seres", toda vez que "por ella solo nos conducimos como los animales: obedeciendo las incitaciones que más nos seducen o más nos oprimen" (p. 18)(7).

Siguiendo a Despine, éste caracteriza el libre albedrío, sinónimo de libertad moral, como "el poder en virtud del cual, el hombre elige entre el bien y el mal, decide y quiere lo que ha elegido, después de una deliberación iluminada por el sentimiento del deber moral" (p. 18 nota 1).

En cuanto a la espinosa cuestión de la imputabilidad, Figueroa obtiene como conclusión de tales premisas que "todos los enajenados no deben ser considerados irresponsables; la irresponsabilidad existe cuando desaparecen los elementos generadores del libre albedrío; en los casos donde este principio se halla afectado, pueden haber algunos actos sin relación con la inspiración o pasión que constituye la locura parcial, y, por consiguiente, pueden ser considerados como libres; conservar el libre albedrío no es ser forzosamente responsable, preciso es que sea capaz de dominar los malos impulsos" (p. 22).

Un joven Korn determinista atribuye a nuestros actos la condición de frutos de una fatalidad fisiológica, por lo que queda excluido "como elemento de distinción entre la razón y la locura una determinación libre, a ambas ajena" (p. 25). "Luego el crimen en todos los casos es resultado forzoso de condiciones preexistentes y el problema sometido al médico legista redúcese a declarar si esas condiciones dependen de causas fisiológicas o son el producto de alteraciones patológicas" (p. 25).

Se dirá que, negado el libre albedrío, afirma Korn, "se niega también la responsabilidad moral. Pero ¿acaso el hombre puede ser responsable de su temperamento sanguíneo o linfático, de su constitución robusta o endeble, de los gérmenes morbosos trasmitidoles por sus padres, del medio social en que nace y se desarrolla, de la educación que recibe? Todos estos elementos, empero, los trasmitidos hereditariamente y los adquiridos individualmente en la lucha por la existencia, determinan la constitución del yo, con sus sentimientos egoístas y altruistas, sujeto al perpetuo conflicto entre el organismo propio y el medio esterno". De todas maneras considera útil la educación del premio y del castigo, ya que de esta forma el acto reflejo se convierte en acto reflexionado (p. 25, 26).

En cuanto al tema que nos ocupa, como lógico corolario de su pensamiento, concluye en que "la monstruosidad moral es, como la física, resultado fatal de procesos orgánicos pervertidos, esto es, patológicos. Existe en estos casos una perversión total del sentimiento y gozan en actos que a otros inspiran horror, sin poder remediarlo, porque nadie es dueño de sujetar inclinaciones poderosas, ante las cuales calla la voz de la razón, débil de por sí cuando existe una degeneración de las funciones mentales" (p. 35).

Solari, en cambio, parece admitir, al menos como posibilidad, la existencia diríamos "metafísica" del libre albedrío. No obstante "la dejeneración supone la pérdida o el oscurecimiento del sentido moral, i la pérdida o el oscurecimiento del sentido moral, que es la consecuencia de la falta de aptitudes de orden psíquico, implica la pérdida de la libertad absoluta, del libre albedrío" (p. 48).

Tejerina y López Anaut, vinculan la cuestión del libre albedrío con la razón. Dice el primero, citando a Briand y a Chaudet, que el hombre "tiene en sí mismo, en su estado ordinario, la facultad de juzgar lo que es bueno y lo que es malo; tiene la potencia de evitar el mal y hacer el bien. Esta facultad de juzgar, esta potencia de hacer o no hacer bajo el imperio de la razón, constituyen su libre albedrío y le hacen responsable de sus actos. El libre albedrío, y la responsabilidad moral que de él se derivan no existe, pues, sino en tanto que existe la razón (p. 36).

López Anaut considera que "el libre albedrío supone en la persona la facultad de juzgar el bien y el mal, lo verdadero y lo falso, y el poder de hacer libre y concienzudamente lo uno y lo otro". Acompaña a Legrand du Saulle en sostener que "la ausencia, el trastorno o la alteración de la razón, excluye la existencia absoluta del libre arbitrio y por lo tanto de la responsabilidad moral". Adopta seguidamente una postura ecléctica, haciendo una concesión al determinismo: "Además, como algunos sostienen, el hombre no es moralmente responsable, porque jamás es dueño de las causas tanto internas como externas, que determinan la comisión de sus acciones" (p. 103).

Responsabilidad Penal

Diversos y de sumo interés y consecuencias prácticas, son los temas que se reúnen bajo el amplio manto de la responsabilidad penal. La concepción del hombre y del libre albedrío adoptada por cada uno de los autores, tendrá una directa incidencia en lo que hace a sus reflexiones sobre esta delicada cuestión. A ello hay que sumarle la perspectiva psiquiátrica en cuanto implica el manejo de vocablos no siempre unívocos, tales como "locura", "enajenación", "manía", que en algunos casos comprenden como especie a la psicopatía, pero en otros –acepciones restringidas limitadas a las psicosis- parecen excluirla.

Comenzando con Costas, entiende este autor que quien "tenía una noción del precepto que ha infringido y de la penalidad correspondiente a la infracción, es punible; sin que el encadenamiento resultante de una perversión de las facultades afectivas sea suficiente para quitar al hecho toda criminalidad" (p. 51). Vale la advertencia de que Costas parece referirse a las monomanías en general, entre las que incluiría la locura moral.

Es interesante señalar que no se precisa, en esta temprana tesis, el carácter exacto de la "noción" aludida por Costas, es decir, si basta la aprehensión intelectual del precepto, o si es dable exigir algo más.

Seguidamente, y enrolándose en lo que llamaríamos una concepción de prevención general de la pena, expresa que "la enajenación mental aún parcial, debe ser siempre una enfermedad... no hay falta que expiar, sino una desgracia que comprobar. El castigo sería una injusticia inútil para la sociedad; porque el castigo no es inflijido sino para el ejemplo; luego siendo ineficaz el ejemplo el castigo sería un acto de barbarie (p. 53) (8).

Sagazmente distingue Korn dos condiciones "indispensables" de la responsabilidad legal, a saber: "el discernimiento, esto es, la capacidad de apreciar un acto y sus consecuencias probables, en relación con los principios morales y jurídicos: la capacidad de determinarse y obrar con arreglo a los principios reconocidos como justos", aclarando correctamente que "la primera de estas condiciones no presupone la segunda" (p. 38). Seguidamente, precisa agudamente la condición sine que non de un discernimiento acabado: "...para que el discernimiento no sea ficticio, los principios morales y jurídicos sobre los cuales descansa el orden social deben ser verdaderamente apreciados en todo su alcance y no almacenarse sin utilidad práctica en la memoria"(p. 39), anticipándose de esta forma magistralmente a las modernas concepciones sobre la imputabilidad.

A raíz de ello, al referirse a los locos morales, sentencia Korn que "semejantes individuos son irresponsables, porque obran a impulso de un elemento patológico, susceptible de ser diagnosticado por el médico" (p. 83).

Finalmente Korn, quien no admite sino una diferencia de grado entre el crimen y la locura, en una expresión de sabor lombrosiano (p. 85), enfoca el tema desde el ángulo médico-legal, a efectos de determinar en qué circunstancia puede admitirse la existencia de la locura, respondiendo que sólo "cuando se presentan síntomas pronunciados y evidentes de un estado patológico, suficientes para disminuir o suprimir el discernimiento, o abolir la capacidad de determinarse" (p. 85).

Acevedo hace hincapié en el grado de libertad de que goza el delincuente, debiendo el magistrado recurrir a la medicina legal para dilucidar los casos en que ella, la libertad, se encuentra más o menos abolida (p. 10).

Es interesante rescatar la referencia histórica que formula Acevedo, recordando que "los locos, bajo el punto de vista médico-legal, son recién tratados y tenidos algo en cuenta en la época de los romanos, donde encontramos, revisando en el Dijesto, algo sobre alienación mental, así en el Libro 21, Tít. I, L. 9, dice: Furioso sententia a judici vel ab arbitrio dice non potest.

De regulis juris 1. 40: Furiosi... nula volunta est.

En el libro 21, . Iº partida Ia dice: "Señaladas personas son las que se pueden escusar de non recibir las penas que las leyes mandan, magüer non las entiendan, ni las sepan al tiempo que yerran haciendo contra ellas: asi como aquel que fuese loco de tal locura, que non sabe lo que se face" (p. 14, 15).

Ubicando a la locura moral en el tercer grupo de las clasificación de Tardieu, concluye afirmando que "estos alienados deben ser por sus actos irresponsables ante la ley" (p. 65).

Coherente con su adscripción a la tesis de la degeneración, Solari atribuye a la herencia el acto criminal, declarando la irresponsabilidad del delincuente, por ser el "crimen consecuencia de su organización defectuosa, una especie de fatalismo preestablecido que le lleva a obrar en el sentido del mal, no pudiendo hacerlo de otra manera" (p. 124-125).

Subirá se inclina por considerar irresponsable al loco moral, ya que sus actos "son el resultado de impulsos morbosos en los cuales la voluntad no interviene para nada y por lo tanto el sugeto no puede haber tenido conciencia de dicho acto o de su criminalidad, lo que el Código clasifica clara y terminantemente de causa que exime de pena" (p. 130/131)(9).

Carlos Damel afirma que "ni colocándonos en un terreno estrictamente jurídico existe capacidad de imputación en los locos morales, y no existe porque en ellos la libertad consili (sic) no se realiza en su forma corriente por faltarle a estos enfermos el capital de ideas morales que comporta la perfección de aquella función" (p. 245-246).

Al analizar el caso de Cayetano Santos Godino, señala que la "palabra virtud no tiene sentido para él", añadiendo que es ésta, precisamente, "una de las características que distingue a la razón humana de la de los animales" (p. 233).

De sumo interés resulta la crítica de Damel al concepto de "enajenación" que manejara el Juez a cargo del caso "Livingston". El camarista Dr. Seeber dijo lo siguiente: "no dudo que Carmen Guillot es un ser anormal, pues el crimen cometido, sus causas y la forma del mismo lo demuestran, pero jurídica, social y aún médicamente, la anormalidad no es siempre una causa de irresponsabilidad o de atenuación. La única anormalidad que exime de pena, es la que deriva de una perturbación total de la inteligencia o de los sentidos, es decir, sólo la existencia de un caso de alienación mental".

"Y para el Juez sólo hay alienación mental cuando existe una alteración patológica de la inteligencia, es decir, cuando falta la conciencia de los actos realizados y el enfermo obra en pleno delirio, o cuando falta la voluntad por razones patológicas".

"Quedan pues, excluídos de la noción de irresponsabilidad los enfermos del sistema nervioso, con su emotividad alterada, si esa enfermedad no ha producido la locura alterando poderosamente la conciencia o la voluntad".

Culmina Damel expresando que "la premura del tiempo... impide comentar ampliamente estas pocas líneas, sólo diremos que el concepto que el Juez tiene de la alienación mental, es equivocado, pobre y primitivo" (p. 247/248).

El perito alienista en el foro(10)

Del examen de las tesis se desprende una temprana y mutua incomprensión entre juristas y psiquiatras en el ámbito nacional. Los jueces solían ver con desconfianza esa irrupción de médicos que pretendían indicarles cómo fallar en los casos controvertidos, siendo célebre al respecto la diatriba de Troplong: "hay que confesarlo, lo que yo he visto y oído a ciertos médicos en mi carrera judiciaria pasa toda creencia; no hay un hombre que no pueda ser declarado monómano, oyéndolos. Un movimiento nervioso de la cara, un tic familiar, una manera especial de hablar, un gesto, las cosas en una palabra más simples y más naturales tienen un diagnóstico y un pronóstico. Y se querría que nosotros jueces, que tenemos en nuestras manos la libertad y la capacidad civil de las personas, hagamos depender de tan frívolos síntomas, estas grandes cuestiones, donde se juega el honor de las familias, la sucesión de los bienes y los derechos más caros del hombre!". Su conclusión es lapidaria: "... la medicina legal no ha agregado ningún progreso serio a las doctrinas de la jurisprudencia y ella no podrá modificarlas en nada". (Cita de López Anaut, p. 24).

La réplica no se hizo esperar, y así Costas, pone al descubierto lo que él entiende es ignorancia de los magistrados en cuestiones de índole psiquiátrica: "Los jueces creen a menudo que el médico ve por todas partes locos y que inventa las enfermedades que no están al alcance del vulgo". Acompaña su comentario con una ilustrativa anécdota: "Cuando recién se principio a estudiar aquellas como justificación, los jueces las rechazaron;un abogado decía: "Si la monomanía es una enfermedad que obliga a cometer un crimen, es preciso curarla en la guillotina" (p. 37) Asimismo considera que "los jueces entienden por locos a los que han perdido el uso completo de su razón" (p. 24). Y más adelante: "Los jueces no creen en la locura sino cuando hay delirios" (p. 48). Esta afirmación es acompañada por Subirá, quien entiende que "solo cuando un sugeto presenta un delirio bien marcado, cuando en su conversación se nota la existencia más o menos numerosa de incoherencias, cuando su furor llega al estremo del de los locos de los romances y novelas, cuando el individuo cae en frecuentes e interminables monólogos, sólo entonces, repito, el público y, lo que es más triste aún, muchos de los encargados de administrar justicia, llegan a admitir la realidad de la alienación mental" (p. 27-28).

En forma más moderada pero compartiendo igual escepticismo en cuanto a la autoridad de los letrados, Figueroa apunta que "...mientras que los magistrados pueden ver y apreciar los signos que indican el crimen, no pueden reconocer los que denotan la enfermedad, para ellos no tienen significado y llevan por lo tanto a pensar que el médico que los aprecia y reconoce su importancia, hace simplemente del crimen la prueba de la locura" (p. 27).

López Anaut levanta –parcialmente, por cierto- la acusación de ignorancia que pesa sobre los jueces. Sin embargo, hubiera sido preferible que no asumiera tan encendida defensa, ya que a los pocos que estima desde el punto de vista intelectual, los descalifica moralmente, tildándolos de pusilánimes. Veamos: "...tales magistrados... prefiriendo y dando más valor a la antigüedad, al clasicismo, pusieron con mano firme y conciencia tranquila, sus firmas autoritarias, al pié de las sentencias".

"Pero en cambio, otros hay, bastante numerosos por cierto, que conocen los incesantes progresos de la antropología criminal, pero que demuestran temer, injustificadamente, quedarse sin procesos ni sentencias, si aceptan esos principios modernos, humanitarios y científicos; los creen exagerados y peligrosos y cierran sus ojos, tapan sus oidos, por temor a las consecuencias que creen vislumbrar, si la verdad penetrase por ellos" (p. 23).

López Anaut se lamenta también, ante lo que se le aparece como imposibilidad de demostrar a los magistrados la irresponsabilidad de quienes están aquejados de locura moral y otras "vesanias" (p. 112).

Por el contrario "...no hay misión más alta que la del médico llamado a pronunciarse sobre el estado mental de un inculpado, y que exija una más exacta equidad" (Acevedo, p. 68).

Otro aspecto en el que parecen concordar los doctorandos, es en la reivindicación para su ciencia del dictamen final de responsabilidad del imputado. Esta postura, que haría carrera en las relaciones entre médicos y magistrados, y que será más adelante denominada "alienista", culmina con una subrogación del juez por el perito. Alcacer dice al respecto que "es en realidad el médico y el moralista quienes han de fallar sobre la responsabilidad legal del acto criminal de un semejante" (p. 45). Ya al plantearse las causas de la criminalidad, había arribado a similar conclusión: "¿Qué causas arrastraron a aquél hombre hasta convertirle en un criminal? La justicia tercia, el médico interviene y, o le declara integro en su personalidad y capaz de soportar su responsabilidad propia por lo tanto, y la ley se descarga sobre él inexorable, o el presunto criminal resulta inocente como que es irresponsable de sus actos como demente y la ley atenúa su crimen cuando el médico atenúa su culpabilidad. Es el médico quien entonces sentencia" (p. 13).

López Anaut destaca la impotencia del perito ante la "ciega" decisión judicial: "...disidencia profunda y hasta hoy mismo casi inevitable, entre el jurisconsulto y el médico, cuando éste pide en nombre de la ciencia, la irresponsabilidad de multitud de sujetos, que aquél castiga con mano férrea, por la aplicación rigurosa de la ley" (p. 21).

Por su parte, Costas propone una fórmula a utilizar por el magistrado al requerir el dictamen (¿la sentencia?) del perito: "Informar si X gozaba de su pleno conocimiento y obraba con libre albedrío en el momento de ejecutar el hecho, o si estaba atacado de una perturbación patológica de la actividad intelectual..." (p. 30).

Para terminar, Subirá se queja de las malas designaciones que recaen sobre médicos ajenos al saber psiquiátrico, con las consiguientes lamentables consecuencias. No obstante, ¡también culpa de ello a los jueces!: "En nuestro país el nombramiento se hace simplemente a dedo, a lo que caiga, basándose en amistades o influencias más o menos poderosas; así no es de extrañar que veamos muchas veces hasta cirujanos o especialistas en estómago, encargados de informar sobre el estado mental de un acusado. Lo que no se le ocurre al más palurdo particular se le ocurre al más copetudo de nuestros jueces! (p. 125-126).

La pena

El tema del origen, justificación, etc. de la pena es, sin duda alguna, el núcleo de la discusión jurídico-penal, y puede sostenerse sin ambages que no se encuentra resuelto al presente, no obstante haber sido ya objeto de tratamiento en forma más o menos sistemática desde la antigüedad clásica y, más modernamente, a partir de Beccaria y Carrara. En las tesis examinadas se revela indudablemente una marcada influencia de la Escuela Positiva, encabezada por Lombroso y propagada por sus dos más brillantes discípulos: Ferri y Garófalo. Predomina entonces el concepto de defensa social, matizado, o más bien mezclado en ocasiones con consideraciones propias de posturas librearbitristas.

En lo que respecta a la legitimidad del Estado para disponer de los enajenados, Figueroa cree encontrarle similar origen que el derecho de castigar, "el cual es un resultado del de la defensa" (p. 10).

A partir de allí, predomina en su pensamiento la idea de corrección y mejora del segregado, lo que da fundamento a una crítica de la sanción capital: "...la tendencia y el objeto de todo castigo es también el de mantener la moral pública y propender a la moralización del malhechor, esto último lo consigue por medio de la prisión, ¿conseguirá lo primero con la pena de muerte?" (p. 30-31).

También Korn adhiere a esta postura, consecuente con su concepción antropológica, aunque aparecería admitiendo la última pena: "Limitado espacio queda, pues, a la libre decisión, y más que en ella, el castigo, consecuencia ineludible del acto criminal, ha de fundarse en las necesidades más vitales de la sociedad, en la precisión de conservarla aún cuando exija el sacrificio del individuo". Seguidamente añade una frase de fuerte impronta darwinista: "¿No sucumben por acaso en la lucha por la existencia librada con implacable tesón en el ancho campo de la naturaleza todos los seres inferiores, todas las razas exhaustas, todas las especies caducas, todos los individuos defectuosos? ¿La humanidad ¿habría de ser una excepción? (p. 35-36).

No obstante, cuando interviene "un elemento patológico pronunciado, y alterado el equilibrio normal, el castigo degeneraría en crueldad inútil. No serviría de correctivo al individuo incapaz de valorar su alcance moral y social, ni satisfaría a la sociedad, por recaer en quien está colocado en circunstancias excepcionales, fuera de las condiciones propias de los demás. "El castigo impuesto públicamente a un febriciente no curaría a nadie de la fiebre".(Legrand du Saul, Traite de medecine legales p. 651)" (p. 37).

Solari, quien, como queda dicho, adopta claramente las doctrinas morelianas sobre la degeneración y la herencia, considera que "la justicia no debe proponerse sólo la represión de los crímenes; por medio de la pena útil, al mismo tiempo que concurre al cuidado de la sociabilidad amenazada, debe también concurrir al cuidado del criminal" (p. 120). Por ello "la pena no será entonces un castigo impuesto a aquel que haya procedido mal, sino un medio de reforma aplicado al que no ha podido obrar de otra manera (p. 125).

De acuerdo con lo expuesto, el loco moral debiera escapar a la sanción penal, procediendo a su respecto una medida de seguridad, la cual ciertamente no estaba contemplada en la normativa penal entonces vigente.

Conclusiones

Este breve recorrido por el pensamiento de los entonces jóvenes doctorandos, luego varios de ellos ilustres profesionales, tomando como hilo conductor el tema de la psicopatía, permite apreciar la impronta fuertemente positivista de las concepciones antropológicas en el período estudiado, anticipando hábitos mentales y creencias que se proyectarían hasta nuestros días, tanto en lo científico como en lo social.

En lo estrictamente forense, los problemas que entonces se plantearon respecto de la imputabilidad del psicópata son aún materia de discusión, si bien pareciera predominar actualmente una postura amplia, favorecedora de la inclusión de estas personalidades en las normas que eximen de responsabilidad penal, para lo cual deben tenerse en cuenta las peculiaridades de cada caso.

Notas

(1 ) La caracterización de Maudsley resulta similar en muchos aspectos a las modernas conceptualizaciones. Así, a título de ejemplo, transcribo los "Key Symptoms of Psychopathy" del destacado Profesor de la Universidad de Columbia Británica (Canadá) Dr. Robert Hare: a) Emotional/Interpersonal: glib and superficial, egocentric and grandiose, lack of remorse or guilt, lack of empathy, deceitful and manipulative, shallow emotions; Social Deviance: impulsive, poor behavior controls, need for excitement, lack of responsability, early behavior problems, adult antisocial behavior". Aut. cit., Without Conscience (The disturbing world of the psychopaths among us), Pocket Books, New York, 1993.

Por su parte, el "Lexicon der Psychologie", de David Cohen, hace hincapié al definir la psicopatía en la imposibilidad del psicópata de internalizar valores, tópico clave desde el punto de vista psiquiátrico-forense:"Der Psychopath, glaubte man, sei das personifizierte Böse und unfähig, richtig von falsch zu unterscheiden", en el sentido de captación moral, no meramente intelectual, naturalmente.

Sobre las peripecias del concepto de alienación en el ámbito psiquiátrico-forense argentino, puede verse el ya clásico artículo de Vicente Cabello, El concepto de alienación mental ha caducado en la legislación penal argentina, (LL, T. 123, Sec. doctrina, 1197-1201)

(2) Con relación a la introducción del positivismo en Argentina y su influencia sobre nuestros primeros criminólogos y psiquiatras forenses puede verse Elbert, C. A., Manual básico de criminología, Eudeba, Buenos Aires, 1998, esp. caps. 5 y 6, "La criminología argentina", 57-68, y "La etiología criminológica", 69-80, respectivamente; Korn, A., Influencias filosóficas en la evolución nacional, Ed. Nova, Buenos Aires, 1961, cap. IV, "El positivismo", 163-222; Ricaur-te Soler, El positivismo argentino. Pensamiento filosófico y sociológico, Paidós, Buenos Aires, 1968; Terán, O., Positivismo y nación en la Argentina, Puntosur editores, Buenos Aires, 1987;Weissmann, P., Francisco de Veyga. Prolegómenos de la clínica criminológica en la Argentina, Ed. Polemos, Buenos Aires, 1999; Zaffaroni, E. R., "Introducción histórica", al Digesto de codificación penal argentina, en coautoría con Arnedo, M, AZ Editora, Madrid, diciembre de 1996, 1-130;Zimmermann, E. A., Los liberales reformistas, (La cuestión social en la Argentina 1890-1916), Ed. Sudamericana. Univ. de San Andrés, Buenos Aires, 1995.

(3) Modernamente, Blackburn redefine la psicopatía en términos de impulsividad, según Delfina Tomás, Profesora de la Universidad de Valencia.

(4) "En la segunda mitad del siglo XIX y hasta muy entrado el presente, rigió soberanamente la teoría etiológica de la degeneración en psiquiatría". (Bermann, G., Nuestra Psiquiatría, Ed. Paidós, Buenos Aires, 1960, p. 57). Este autor encuentra "evidente que la teoría degenerativa de la aliención y de la criminalidad está directamente conectada con las condiciones que han creado el feudalismo y el capitalismo" (p. 58).

(5) Señala el Dr. Hugo Marietán que "el historiador G. Berrios discute la conceptualización de la insania moral como equivalente de nuestro concepto de psicopatía", añadiendo que "según este autor Pritchard crea el término para referirse a trastornos del comportamiento cuya característica común era la ausencia de delirio". (Marietán, H., Personalidades psicopáticas, Rev. Alcmeón, Año IX, volumen 7, nº3, nov. 1998).

(6) Más adelante, en una proposición teñida de darwinismo, sostuvo L. Anaut la superioridad de la raza blanca. Cabe destacar que lejos de ser la suya una voz aislada, tal perspectiva era compartida por numerosos pensadores de la época. Así, José Ingenieros, que tanta influencia ejerciera en la criminología nacional, llegó a sostener que "los negros importados a las colonias eran, con toda probabilidad, semejantes a los que pueblan San Vicente: una oprobiosa escoria de la especie humana. Juzgando severamente, es fuerza confesar que la esclavitud –como función protectiva y como organización del trabajo – debio mantenerse a favor de estos desgraciados..." (La Nación, año 1906). Zaffaroni califica esta página como la más racista que se haya escrito en el país. (Aut. cit., Magazin Literario, nº 6, Buenos Aires, dic. 1997, 24-25).

(7) Esta idea resulta diversa de la concepción filosófica clásica, en la cual la voluntad junto con la inteligencia distinguen al ser humano de los animales, precisamente por posibilitar la primera la dirección de las acciones en el sentido propuesto por la segunda, aún contra las incitaciones sensoriales. El animal tiene un destino, el hombre, una misión.

(8) El tema de la esencia y fines de la pena ha generado una inabarcable bibliografía. Como primera aproximación, y en forma muy general, puede decirse que la llamada Escuela Clásica la concibió como un castigo, atribuyéndole fines de prevención general, esto es, disuasivos respecto de eventuales autores de delitos, ratificando la vigencia de la norma, o bien de prevención especial, o sea, de resocialización del reo. Por el contrario, la Escuela Positiva entendió la pena como inescindiblemente vinculada con la idea de defensa social, asignándole una función de medida curativa o, de no ser esto posible, de innocuización del delincuente.

(9) Alude Subirá al inciso tercero del art. 148 del Código Penal vigente a la fecha de redacción de su tesis, que establecía lo siguiente: "Por los mismos motivos, la acción no estará sujeta a pena: 3º. generalmente siempre que el acto haya sido resuelto y consumado en una perturbación cualquiera de los sentidos, o de la inteligencia, no imputable al agente, y durante el cual éste no ha tenido conciencia de dicho acto o de su criminalidad".

(10) Sin perjuicio de los numerosos y muy valiosos trabajos relativos a armonías y conflictos de peritos psiquiatras y juristas, entiendo resultan de fundamental importancia los siguientes: Carrara, F. Los peritos alienistas en el foro, en "Opúsculos de Derecho Criminal", Ed. Temis, Bogotá, 1977, 111-113; Frías Caballero, J., Imputabilidad penal, Ed. Ediar, Buenos Aires, 1981, esp. cap. V, 177-193; Núñez, R., La actitud del juez ante las cuestiones psiquiátricas, La Ley, T 79, p. 90.

 

Bibliografía

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Tesis examinadas (en orden cronológico)

Costas, C., Los alienados ante la ley (1876).

Figueroa, G., Considerciones médico-legales sobre la locura (1879)

Korn, A., Locura y crimen (1883).

Alcacer, P. Locura y crimen (1883).

Acevedo, W., La medicina y el derecho penal. Imputabilidad de los alienados (1886).

Tejerina, R. V., La locura y la ley (1891).

Solari, B. T., Dejeneración y crimen (1891).

Ponte, D. V., Estudio sobre las causas y estigmas físicos de la degeneración en la especie humana (1893).

López Anaut, P., Alienados llamados delincuentes (contribución a su estudio) (1902).

Subirá, P. A., Locura moral (1904).

Chiama, I. D., Locura moral (1911).

Giacobini, G., Estudio psico-antropológico y médico legal del criminal nato (1913).

Damel, C. A., La locura moral (1916)

Mandolini, H. A., Concepto de la locura moral (1917).

Notas al pie:

1Abogado. Secretario de la Cámara de Apelación y Garantías del Departamento Judicial de Mar del Plata. Miembro del Instituto de Filosofía del Derecho y Estudios Interdisciplinarios del Colegio de Abogados de Mar del Plata. Alte Brown 2046 Mar del Plata. Tel/fax : (0223) 495-5605. e-mail: mezarlenga@copetel. com. ar

El autor agradece a la Directora de la Biblioteca Central de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional de Buenos Aires, Lic. María Teresa Di Vietro y al personal de la misma, por su excelente disposición en las diversas ocasiones en que debió concurrir a efectuar consultas a esa sede, o solicitar búsqueda de material.

A manera de advertencia, corresponde señalar que se ha respetado el texto de cada una de las tesis consultadas, evitando corregir la ortografía y giros propios de la época (vgr. "dejeneración", "espresan", "psicolojía", "fisiolojía", etcétera ).

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